jueves, 1 de mayo de 2008

LA REGENERACIÓN. CONSTITUCIÓN DE 1886

IV

LA REGENERACIÓN.

CONSTITUCIÓN DE 1886

RAFAEL NUÑEZ MOLEDO, cartagenero, es una personalidad de vocación política por excelencia. Hizo su carrera política dentro del partido liberal. Posteriormente capitaneó la disidencia de los liberales independientes, y con éstos y los conservadores nuñistas crearon el partido nacional. Julián Trujillo, a su vez formado dentro del radicalismo, fué temporalmente partidario de Núñez, pero con su administración, abierta al ascenso de los independientes, propició la caída de la fracción radical del liberalismo.

Núñez, nacido en 1825, fué abogado, docente y rector de la Universidad de Cartagena. Antes de cumplir 25 años ya estaba vinculado a la administración y a la política. A la par con la política y la diplomacia ejerció el periodismo, y fué reconocido poeta y ensayista sobre temas políticos y filosóficos. Personalidad discutida, golpeada permanentemente por el escepticismo, hace gala de una voluntad superior y de una vigorosa inteligencia. Sagaz y cauteloso, conocedor del alma humana, es hábil en la manipulación de las conciencias y en la busca de sus intereses personales. Leal a sí mismo y oportunista en sus opciones políticas, constituye uno de esos caracteres sobre los cuales es imposible acordar los divergentes juicios de la historia.

Núñez convoca un Consejo de Delegatarios en Septiembre del 85. Están comprometidos a la redacción de una nueva Constitución, y provienen de los Estados soberanos de la Federación. Nueve liberales y nueve conservadores, no elegidos sino designados por los gobernadores, y entre ellos algunos de especial relieve en la historia nacional, tales como Miguel Antonio Caro, José María Samper, Guillermo Quintero Calderón, y Rafael Reyes. En el mensaje a los delegatarios, Núñez resumía sus aspiraciones sobre lo que la nueva carta política debía realizar: Centralización política y descentralización administrativa.

LA CONSTITUCIÓN

La nueva Carta política, sancionada por el General José María Campo Serrano, encargado del poder ejecutivo, rescata el preámbulo tradicional y es expedida en nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad, y con el fin de afianzar la unidad nacional. Enseguida remarca el carácter confesional que bajo ella tendrá la República, al reconocer que la Religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación. Las ideas fundamentales publicadas y difundidas por el gobierno fueron discutidas y aprobadas mayoritariamente por las municipalidades. La Constitución distribuyó los temas en veintiún títulos, el último de los cuales es de disposiciones transitorias. En su comienzo da a la nación el nombre de República de Colombia.

La soberanía, dice, reside exclusivamente en la nación: y con esta expresión queda claro que se eliminan los Estados soberanos y se reconstituye el estado en forma de república unitaria, y por consecuencia la nación es dueña eminente del territorio general. Los que antes fueron Estados soberanos pasan a ser departamentos, y se atribuye a la ley la facultad de crear otros.

Tras definir los elementos de la ciudadanía y la nacionalidad, dedica el título tercero a los derechos civiles y las garantías sociales, modificando en muchos casos el carácter de absolutos que se les había atribuido en la Constitución de Rionegro. Tal ocurrió, por ejemplo, con el comercio y porte de armas y con las libertades de expresión y de prensa. Al primero se le definieron restricciones y controles, y a las segundas se las complementó con las responsabilidades que pusieran a salvo la honra contra la calumnia.

El reconocimiento de la religión católica fué el punto de partida para numerosos privilegios que se consagran en el Concordato del año siguiente, que ha sido considerado por muchos como consecuencia y apéndice de la Constitución. Se permitía a los ciudadanos el ejercicio de otros cultos, pero en condiciones tales que la práctica estuvo francamente desfavorecida, y no hubo ni libertad ni tolerancia de cultos. El monopolio católico y la hegemonía eclesiástica de su clero fueron francos y se consolidaron en los años siguientes. La educación pública era supervisada por los jerarcas católicos. Y el Concordato ampliaría luego el catálogo de los privilegios y las contraprestaciones políticas en favor del gobierno regalista.

El legislativo conservó el sistema bicameral, un Senado con tres miembros a nombre de cada departamento, y una Cámara con base poblacional a razón de un representante por cada cincuenta mil habitantes. El Senado tuvo atribuciones de juez sobre los altos empleados.

El ejecutivo tendría un período de seis años, elegido mediante votación indirecta, y con atribuciones que lo fortalecían. Los ministros, gobernadores y agentes diplomáticos serían de libre nombramiento y remoción del Presidente. El Congreso podría otorgarle facultades extraordinarias temporales y precisas.
Para los historiadores contemporáneos una de las críticas más justificadas por la dolorosa experiencia de los últimos años se dirige a los artículos 121 y 28 de la Constitución, que convierten al Presidente en un monarca y lo aproximan fácilmente a la tiranía. En efecto, el artículo 121, que le permite declarar turbado el orden público y concentrar los poderes en su mano, ha sido fuente de abusos sistemáticos a los largo de treinta y más años. Otro tanto puede decirse del artículo 28, que permite aún en tiempo de paz, retener a los ciudadanos por orden del gobierno, sin decisión judicial, por la simple sospecha de que podrían conspirar contra las autoridades del Estado.
La Corte Suprema estaría compuesta por magistrados vitalicios, salvo la mala conducta.

Se restableció el Consejo de Estado, y se organizaron el Ministerio Público, la Hacienda, y el Fuerza Pública.

La reforma de la constitución debía discutirse en dos legislaturas, y como el Congreso se reunía cada dos años, había una cierta dificultad en los cambios políticos, lo que a juicio de algunos contribuiría a la estabilidad de las instituciones.

Mientras algunos hallaron en la Constitución del 86 un equilibrio de intereses y una apertura a las iniciativas de todas las procedencias, sus críticos encontraron que había sido redactada por expertos de biblioteca y desconocedores de la vida política real de los pueblos. Era retrógrada y renegaba de los progresos ideológicos del siglo, como se observaba al reconocer oficialmente al catolicismo como religión del Estado. Instauraba, se decía, una tiranía de la ley sobre todo y sobre todos, y era resultado obvio del más conspicuo fanatismo.

Aunque una de las observaciones críticas sobre la Constitución de Rionegro era la de haber sido obra de un solo partido, no escapa a la misma la Constitución del 86. El Consejo de Delegatarios designado por los gobernadores era paritariamente liberal y conservador, pero se entiende que unos y otros eran homogéneamente nuñistas, y con ellos se conformaría luego el partido monopolista del gobierno, el partido nacional. De la convocatoria para redactar la nueva Constitución fueron expresamente excluidos los liberales radicales, derrotados militarmente por el gobierno de Núñez.

Esta conformación de partidos llamados nacionales con bloques amorfos surgidos de los partidos tradicionales no era nueva en el intento de Núñez. Ya tenía su antecedente en los proyectos de Mosquera en 1856, y se volvería a ver varias veces en la historia colombiana hasta nuestros tiempos más recientes.

Acotación similar puede hacerse a la proscripción tácita de los disidentes, sin posibilidad de ingresar a las corporaciones públicas. Los radicales soportaron la situación de parias políticos, como ocurrirá a los comunistas, socialistas y demócratas cristianos, cuando aparezca aprobado el Plebiscito de 1957 en el cual el Estado se convierte en botín monopolizado por el liberal-conservatismo, con exclusión de toda otra vertiente de pensamiento. Si en el primer caso los radicales fueron considerados fuera de la ley, en el segundo los excluidos quedaron fuera de la Constitución.

El llamado partido nacional entrará a ejercer completa hegemonía hasta el golpe de Estado de los históricos, sector conservador que removerá a San clemente y lo sustituirá con su Vicepresidente José Manuel Marroquín, mostrando un hecho más en la discutida historia de los vicepresidentes.
El texto de la Constitución desplazaba los criterios y las instituciones del liberalismo radical, y los administradores del país acabaron de conservatizarla burlando o sustituyendo por la vía legislativa las aparentes protecciones a la democracia y la libertad de pensamiento, de conciencia, de culto, de expresión, y de prensa. En los períodos siguientes a su vigencia, el partido liberal nunca logró elegir siquiera un Senador. El liberalismo se consolidó como oposición, y el partido nacional se identificó cada vez en forma más clara con el conservatismo regente. Como se dijo, no logró superarse la división partidista de la sociedad porque de la misma manera que la del 63 era una Constitución liberal radical, ésta fué una Constitución netamente conservadora. El objetivo aparente era la paz de la república, pero la forma como se aplicó a la organización social excluyente de otros criterios, dejó el embrión de nuevas luchas partidistas y enconadas guerras civiles.

Según el historiador jesuíta Fernán E. González, gran parte de los acuerdos previos y borradores de lo que sería la Constitución del 86, fueron redactados en largas charlas nocturnas de Miguel Antonio Caro y el Arzobispo de Bogotá, José Telésforo Paúl (Jesuíta), quien invitado por Núñez a integrarse a los redactores del Consejo de Delegatarios, rehusó participar públicamente. De allí salieron, por ejemplo, el preámbulo "en el nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad", los conceptos de que religión católica es la de la nación, la educación católica de los colombianos, el reconocimiento como persona jurídica, las exenciones fiscales, etc.

MIGUEL ANTONIO CARO, prócer de la nacionalidad, y a quien se verá durante algún tiempo en la cúpula del poder o de la influencia política, fué sin dudas un verdadero perito en maquinaciones. Caro en 1898 le rogó a través de comisionados, a Rafael Reyes que viniera al país para tumbar a San clemente y sustituirlo. Reyes no aceptó derrocar al anciano, y Caro hizo elegir a otro anciano, a Marroquín, quien luego se rebeló y quiso hacer su voluntad. Entonces Caro lo depuso y entronizó a San clemente. Ante la imposibilidad de éste para gobernar, lo hizo Caro por intermedio del ministro de gobierno, un tal Rafael María Palacio.

La conspiración para derrocar a Marroquín, y reponer en la presidencia a Manuel A. San clemente, fue encabezada por Mariano Ospina Chamorro, y por Pedro Nel Ospina, Ministro de Guerra designado por Marroquín, y posteriormente Presidente de la República. En el gobierno de Pedro Nel Ospina se trajo al país la Misión Kemmerer, con cuyos planes se abrió nuestra economía al crédito internacional y se crearon las condiciones para la concentración del capital bancario y financiero.

Rafael Uribe Uribe, al analizar los acuerdos de límites con Venezuela, pone de relieve la generosidad del Presidente Miguel Antonio Caro con el país vecino, ..."al ceder tierras sobre las cuales tenía Colombia pleno derecho".

El mismo Colegio de Delegatarios que había aprobado la Constitución, eligió a Rafael Núñez para la Presidencia de la República por un período de seis años, de 1886 a 1892. Los jefes liberales fueron desterrados y la prensa censurada, en prevención de conspiraciones contra el gobierno. El partido conservador se mostró dividido en dos facciones, los nacionales o nuñistas, y los históricos. El Presidente Núñez reprimió toda oposición y concentró en sus manos la mayor parte del poder político, con desmedro del legislativo. Este período mostró el recio carácter, el maquiavelismo político y las veleidades de Núñez, quien gobernó por períodos breves, entregando la administración y recobrándola voluntariosamente en manos de Vicepresidentes y Designados: Campo Serrano, Payán, Carlos Holguín, gobernaron parcialmente durante los cortos meses en que actuaban de acuerdo a las instrucciones del titular, e iban desapareciendo de la escena política cuando contrariaban sus deseos o no se plegaban a sus intenciones. Con Holguín quedó consolidada la llamada hegemonía conservadora, lo que provocó el retorno de los nuñistas liberales a su partido de origen y con ello a la oposición.

Para el período siguiente 1892 a 1898 el candidato de los conservadores históricos, Marceliano Vélez, fue derrotado por la fórmula de los conservadores nacionales, con Núñez para presidente y Miguel Antonio Caro para la Vicepresidencia. Todo el período administró el país el Vicepresidente Caro, y se dieron en él varios hechos importantes: En 1894 muere Núñez; en 1895 se produce una revolución contra el gobierno que es rápidamente controlada, la agitación política se polariza entre conservadores históricos, y liberales -ya prácticamente desaparecido el nuñismo o conservatismo nacional-, hubo emisiones clandestinas del Banco Nacional, y se autorizó la fundación de Misiones de la Iglesia Católica en los territorios indígenas. En 1896, quiso Caro retirarse unos días a descansar y encargó del mando al Designado, General GUILLERMO QUINTERO CALDERÓN, pero ante la amenaza de problemas de orden público, reasumió el poder cinco días después. Quintero Calderón fué, entonces, Presidente de la República por un lapso de cinco días, del 12 al 17 de marzo del año mencionado.

De 1898 a 1904 será período de administración de MANUEL ANTONIO SAN CLEMENTE y JOSÉ MANUEL MARROQUÍN, elegidos Presidente y Vicepresidente, por los conservadores.

Los dos elegidos carecían de experiencia política, y eran dos ancianos de 84 y 72 años, respectivamente. Por mala salud de San clemente, inició el período Marroquín. Propuso una serie de reformas conciliadoras que le atrajeron la simpatía de los liberales, entre ellas la libertad de prensa y la fiscalización estricta del gasto público. Los planes de Marroquín no fueron del agrado de los conservadores, quienes apuraron la asunción del poder por San clemente, a fines del mismo año 98. Los ministros abusaron de la situación del Presidente, quien por razones de salud debió desplazarse a las tierras calientes de Anapoima y Villeta. A sus espaldas administraron el país, con decisiones en las que la firma del Presidente era reemplazada por un facsímil. La anarquía administrativa y el desorden en la cima del poder propiciaron el descuadernamiento del país, que se manifestó en la rebelión armada iniciada por el partido liberal en agosto de 1899, guerra civil que se denominó de los Mil Días y que costó cantidades de sangre a la república.

La revolución, que contó con el apoyo de los gobiernos de Ecuador, Venezuela y Costa Rica, tuvo por jefes descollantes a Rafael Uribe Uribe, Benjamín Herrera, Lucas Caballero. Del lado del gobierno, o de la legitimidad, estuvieron Próspero Pinzón, Manuel Casabianca, Ramón González Valencia, Pedro Nel Ospina, Víctor Manuel Salazar, Alfredo Vásquez Cobo, Jorge Holguín.

La revolución estalló en Santander y comprometió durante los tres años siguientes a las gentes de todo el país. En Peralonso, cerca de Cúcuta, empieza el 15 de diciembre de 1899 un combate de dos días, al cabo de los cuales la tropa del gobierno -cinco mil hombres- es descalabrada por los ocho mil de la revolución. La Batalla de Palonegro, del 11 al 26 mayo del 900, es la más prolongada contienda entre los catorce mil soldados de la revolución a las órdenes de Uribe y Herrera, y los que a la postre resultarán vencedores, los quince mil soldados del gobierno, comandados por Próspero Pinzón.

En la última noche de julio del 1900, una conspiración urdida por Carlos Martínez Silva, Miguel Abadía Méndez, Ramón González Valencia, José Vicente Concha, y el Ministro de Guerra Manuel Casabianca, depone al Presidente San clemente, y montado sobre el golpe de Estado asume la presidencia JOSÉ MANUEL MARROQUÍN.

La revolución continuó, pero empezó a disminuir su empuje ante la saña represora de Marroquín y la ejecución de algunos jefes liberales. Sin embargo la guerra se prolongará con suerte alternativa hasta 1902. El 22 de octubre se firmó el Tratado de Paz de Neerlandia, y un mes más tarde los de Wisconsin y Chinácota. Se contabilizaron más de cien mil muertos de ambas partes durante los tres años, a más de que el país quedó arruinado.

SEPARACIÓN DE PANAMÁ

Observando el mapa del Continente se pregunta por qué se demoró tanto la construcción de un canal interoceánico en esa estrangulación de masas que es Centroamérica. Tanto más si la idea se había propuesto hace varios siglos. Es probable que la demora se explique por los requerimientos de capital y de tecnología, y sólo cuando éstos existen y se unen a las necesidades de la estrategia militar y comercial, se propician las decisiones pertinentes. Desde 1830, Panamá había realizado varios conatos de separación y había, incluso, pedido el protectorado de Gran Bretaña, sin éxito. En 1870 Colombia firma con Estados Unidos un tratado para la construcción del Canal por Panamá, pero los trabajos son iniciados diez años después por una Compañía Francesa, que ante las numerosas muertes de trabajadores y los costos astronómicos, quiebra en 1889. El Tratado Herrán-Hay (1903) autorizaba a los franceses para traspasar sus derechos a los norteamericanos, y Estados Unidos quedaba con la facultad de construír el canal y explotarlo por noventa y nueve años. El Tratado no fué aprobado por el Congreso colombiano, no tanto por razones de dignidad cuanto por la indemnización y regalías que parecieron muy bajas.

Los separatistas panameños y colombianos apuraron la secesión, provocando un motín en Panamá, sedujeron o sobornaron a las tropas colombianas en tanto que las fuerzas estadounidenses las neutralizaban militarmente. El gobierno estadounidense reconoció a Panamá como estado independiente, y firmaron un Tratado para la construcción del canal, prescindiendo naturalmente de Colombia. El Presidente Roosevelt exclamó: I took Panamá! (Me tomé a Panamá!), en tanto que el Presidente Marroquín, ante los reclamos de los colombianos, explicó: Qué es lo que quieren ? Me entregaron un país, y yo les devuelvo dos...

El Tratado Herrán-Hay, ordenado por Marroquín, había sido negociado antes por Carlos Martínez Silva y José Vicente Concha, quienes renunciaron antes que acceder a las pretensiones de Estados Unidos. Posteriormente fué traído al Congreso. Pero había en él tal cúmulo de iniquidades, que el Congreso -aunque compuesto en su totalidad por conservadores- se negó a aprobarlo.

GOBIERNO DE REYES

Los liberales no participan en las elecciones para escoger quién siga a Marroquín. Por estrecha ventaja sobre Joaquín F. Vélez, es elegido el general Rafael Reyes, para el período 1904-1910. Reyes, hombre de acción más que político -Recuérdese que había realizado con sus hermanos la aventurada exploración del sur de Colombia- inició gobierno bajo el lema de "Más administración y menos política!". Designó un gabinete con participación de ambos partidos, y dio puntadas a un nuevo movimiento político suprapartidista con el nombre de Concordia Nacional. Decidido, y tolerado para un manejo autoritario y paternalista del Estado, ante la negativa de facultades extraordinarias, Reyes cerró el Congreso y convocó una Asamblea Nacional Constituyente que convirtió poco a poco en un legislador de bolsillo. Introdujo a la Constitución considerables reformas de interés transitorio y personal, como la prolongación de su período hasta diez años, redujo las libertades civiles, neutralizó la acción de los partidos en favor de un nacionalismo al modo mexicano como él mismo lo había observado en el régimen de Porfirio Díaz. Realizó una reforma territorial que hizo crecer hasta más de treinta los departamentos: de tantos como creó, desaparecieron los de Tundama, Quesada y Galán, y subsisten Atlántico, Caldas y Huila. Fundó la Escuela Militar, la Escuela Naval, y la Escuela Superior de Guerra, y contrató la Misión Chilena para la reestructuración de las fuerzas militares.

De todos modos, la represión de la oposición, incluso de sus copartidarios conservadores, y la persecución oficial a quienes no se plegaban a su voluntad, originó roces frecuentes y un espíritu de conspiración que llegó hasta el atentado de Barro Colorado contra el Dictador y su hija. Los comprometidos fueron fusilados en el mismo sitio, y otros condenados a destierro y presidio. Reyes, además, para retirar los estorbos a su autocracia, logró la renuncia del Vicepresidente Ramón González Valencia, y luego la supresión de este cargo y de la Designatura, lo mismo que la supresión del Consejo de Estado.

En tal ámbito se forma un movimiento bipartidista de oposición a la dictadura, la UNIÓN REPUBLICANA. Reyes sale de la capital en dirección a la Costa Atlántica. Desde Gamarra encarga del gobierno al General JORGE HOLGUÍN, y se embarca en Santa Marta abandonando toda actividad política. El General GONZÁLEZ VALENCIA es elegido Presidente por el Congreso, para terminar el período. Es convocada una nueva Asamblea Nacional Constituyente, y se reúne en mayo de 1910, con diputados conservadores y liberales pero todos miembros de la Unión Republicana.

LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1910

El concepto más claro entre las gentes era el de que la Constitución del 86 no había fracasado: habían fallado quienes con apetitos excluyentes, intereses personales, e interpretaciones desviadas, le habían dado un desarrollo legislativo antipopular y retrógrado.

Para el período 1910-1914 hubo dos candidaturas, la de los republicanos liberales -CARLOS E. RESTREPO- y la de los republicanos conservadores -JOSÉ VICENTE CONCHA-. Triunfaron los primeros, con el apoyo regional de los antioqueños de todas las tendencias. Restrepo gobernó con gabinete bipartidista, aunque se esforzó sin mucho éxito por la conformación de un partido republicano que prolongara el espíritu de la Unión Republicana. Su administración reorganizó la defensa nacional a partir de un servicio militar obligatorio en sustitución del reclutamiento forzado. Desarrolló la educación pública e incrementó las exportaciones. Creó la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y la jurisdicción contencioso-administrativa. Celebró el Tratado Urrutia-Thomson, que sólo sería aprobado por el Congreso de Estados Unidos ocho años más tarde, y eso sin acceder a la cláusula del sincero pesar por sus abusos sobre Colombia en el caso de Panamá.

La Reforma decretada por la Asamblea Constituyente tiene como puntos sobresalientes éstos:

---Reducción del período presidencial a cuatro años.

---Prohibición de la reelección del presidente para el período siguiente.

---Abolición de la pena de muerte.

---Sesiones ordinarias anuales del Congreso.

---Reserva de las atribuciones impositivas en tiempo de paz para el Congreso, las Asambleas Departamentales, y los Concejos Municipales.

---Definió la responsabilidad del Presidente por violación de la Constitución y las leyes.

---Aclaró la órbita de operación de los Departamentos.

---Confió la guarda de la Constitución a la Corte Suprema de Justicia.

LA HEGEMONÍA CONSERVADORA

Aunque eran gobiernos conservadores los que venían desde Núñez, se pone de relieve con este nombre la sucesión de administraciones que se dan durante los primeros treinta años del siglo veinte. El partido republicano no alcanzó a formarse siquiera, y los conservadores de ese tinte retornaron a sus toldas tradicionales. Otro tanto hicieron los republicanos liberales, y lanzaron la candidatura de Nicolás Esguerra. Esta fué superada por el triunfo conservador de JOSÉ VICENTE CONCHA, quien hace gobierno de 1914 a 1918. Concha, conservador de espíritu republicano, administra con un gabinete pluripartidista, que no solo integra a liberales y conservadores, sino las dos fracciones de éste. Afectado el comercio exterior por la Guerra Mundial, el gobierno vuelca su interés en la administración de los recursos internos y fomenta las obras públicas, ferrocarriles, Capitolio, Escuela de Medicina, a tiempo que presenta al Estado colombiano como neutral en el conflicto.

El período 1918-1922 corresponde a la administración de MARCO FIDEL SUÁREZ. Inició gobierno con un gabinete bipartidista, y con ellos desarrolló las comunicaciones por radiotelegrafía y cable submarino, y los ferrocarriles; inició el correo aéreo y la Escuela Militar de Aviación lo mismo que la Facultad Nacional de Veterinaria. Se adoptó legislativamente la composición de Núñez y Sindici como Himno Nacional. Y en general, hizo una administración que tomó por modelo la federación estadounidense y la filosofía pragmática que tanto admiraba. Su insistente consejo a los colombianos era el de Respice polum! (Mirad la Estrella Polar!), con la significación de que hay qué guiarse por el modelo de vida y de acción de los estadounidenses.

Bajo este gobierno se abrieron las compuertas al capital norteamericano, y con ello empezó un peculiar régimen de expoliación de los recursos naturales por las empresas estadounidenses. Ante la recia oposición de los liberales y un fuerte grupo de copartidarios, Suárez se retira y el último año de su período lo reemplaza en el ejercicio JORGE HOLGUÍN, a quien hemos visto como gobernante a ratos perdidos, desde los tiempos de Reyes.

Las elecciones dieron el mandato a PEDRO NEL OSPINA, vencedor de BENJAMÍN HERRERA, para el período 1922-1926.

El General PEDRO NEL OSPINA era hijo de MARIANO OSPINA RODRÍGUEZ, igualmente gobernante de Colombia. Formado en Estados Unidos y en Europa, fué exitoso político y hombre de empresa. No consiguió la cooperación del liberalismo y formó un gabinete homogéneo. Pese a lo cual no hizo una administración sectaria. En ella organizó las rentas nacionales y el presupuesto con la asesoría de la Misión Kemmerer, lo mismo que la contabilidad oficial y los Bancos, creó la Contraloría General de la República y el Banco de la República. Su gobierno recibió los veinticinco millones de dólares de la indemnización estadounidense por la segregación de Panamá, de los cuales entregó parte a los departamentos para el fomento de los ferrocarriles, y con el 40% -10 millones- capitalizó el Banco central. Incrementó la explotación petrolera y construyó el oleoducto Barrancabermeja-Cartagena. Contrató una misión alemana para la reforma de la educación. Y propició unas elecciones pacíficas y ordenadas, en las cuales, sin contendiente, fué elegido el Doctor MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ.

ABADÍA MÉNDEZ (1926-1930) ejerció paralelamente la política y la docencia universitaria, y su presidencia no pudo empezar con gabinete mixto porque el partido liberal negó su colaboración. En su administración se firmó el Tratado Esguerra-Bárcenas, definitorio de los límites con Nicaragua. Impulsó las obras públicas, en especial las carreteras, con enormes empréstitos convenidos con Estados Unidos. Pero la crisis económica general golpeó al país provocando un tremendo desequilibrio y comprometiendo la estabilidad política. La ruina económica, pública y privada, el desempleo, el cierre de los créditos, la escasez de circulante... es decir, la bancarrota general. Originada, afirman los analistas, en la crisis de sobreproducción que siguió a los destrozos de la primera Guerra Mundial, y que interpretan los marxistas como típica del modo de producción capitalista. La agitación social provocada por estos procesos comprometió gravemente el orden público. Ya desde 1927 habían empezado las huelgas de trabajadores en la zona bananera, y las medidas represivas condujeron a la recordada masacre de las Bananeras, zona donde la industria frutera -con capital norteamericano de la United Fruit Company- ocupaba veinticinco mil trabajadores.

En el motín del 8 de junio de 1929 la fuerza pública disparó y dejó como víctima al estudiante Gonzalo Bravo, quien, coincidencialmente tenía por acudiente al Doctor Abadía Méndez. Los hechos condujeron a la caída del gobernador de Cundinamarca y de dos ministros del gabinete. El proceso electoral estuvo muy agitado, y la división del conservatismo hacia dos candidatos -Guillermo Valencia, y Alfredo Vásquez Cobo- permitió a los liberales llegar al poder con la candidatura de ENRIQUE OLAYA HERRERA. De todos modos hay qué tener en cuenta el carácter mayoritario del conservatismo, que con sus dos candidatos puso casi medio millón de votos en las urnas, frente a los 370.000 sufragios liberales. El conservatismo pierde así en 1930 el poder que ha monopolizado desde 1886.

La hegemonía conservadora se desarrolló sobre un país en el cual la economía marchó sobre el eje de la expansión cafetera, con un crecimiento sostenido hasta el fin de la misma. Asimismo está caracterizada por el desarrollo de los ferrocarriles y otras vías de comunicación. La industria crece y se diversifica, merced en muchos casos a los empréstitos y a las inversiones extranjeras. El desarrollo industrial tiene como lógico reflejo el principio y la gradual consolidación del sindicalismo. Pero los frecuentes empréstitos que crearon la apariencia de una económica dinámica, que fué calificada por la oposición como una prosperidad a debe, condujeron a la depresión y crisis del 29, con el reflujo de la crisis general. Fué un largo período convulsionado por la insatisfacción de los trabajadores, las huelgas, los escándalos financieros, el acaparamiento de mercancías, y los comienzos de la violencia de marcado tinte político. El partido conservador se enfrenta a la renovación del pensamiento político, desencadenada por fenómenos de gran trascendencia ideológica como la misma guerra mundial, la definición de zonas de influencia política para las nuevas potencias, la Revolución Rusa y el surgimiento de la primera República de los Trabajadores, los movimientos sociales y agraristas de México, y el compromiso social del Estado, plasmado ya en las constituciones de México y la alemana de Weimar. El pensamiento socialista aportaba nuevos criterios al liberalismo tradicional, con más sólidas bases que durante el período radical, porque la teoría se acompañaba con realizaciones relativamente exitosas en las democracias populares que comenzaban a diseñarse.

ADMINISTRACIÓN OLAYA HERRERA 1930-1934

Su gabinete inicial fue bipartidista. Buscó solución a la deprimida economía nacional con el aumento de los derechos aduaneros y el proteccionismo a la manufactura nacional. Asimismo se esforzó por disminuir el gasto público, a tiempo que reestructuraba el sistema impositivo y monopolizaba el control de cambios. Amplió la telegrafía, reconstruyó los muelles, estimuló la navegación, y recapitalizó las cajas de crédito agrario. El Congreso de 1931 expidió la Ley de Petróleos, prácticamente redactada por el abogado de las empresas extranjeras que estaban interesadas en explotarlo. El mismo congreso aprobó la entrega de la Concesión Barco a la Colombian Petroleum y a la South American Oil, compañías interesadas en la explotación de los yacimientos del Catatumbo.

El año siguiente trae el conflicto con el Perú, país con el cual los límites se habían perfeccionado desde 1922 con el Tratado Lozano-Salomón. Con el respaldo del gobierno del Presidente Luís Sánchez Cerro, un grupo de peruanos ocupó a Leticia, plaza abandonada militarmente por el gobierno colombiano. Los peruanos se hicieron fuertes allí y ampliaron la toma con los territorios adyacentes hasta Tarapacá. Declarado el país en estado de sitio, se promovió la defensa con la ayuda de ambos partidos y bajo el lema de Paz en el interior, guerra en la frontera. Las tropas colombianas, conducidas por el General Vásquez Cobo, entraron por el Amazonas y recuperaron a Tarapacá y las posiciones vecinas en 1933 y en el mismo mes -enero- atacan y toman el fuerte peruano de Güepí. En abril es asesinado en Lima el dictador Sánchez Cerro, y se inicia la conciliación con su sucesor OSCAR BENAVIDES. Con la intervención de la Liga de las Naciones se conforma una comisión de arreglo, y en Ginebra se firma un acuerdo para concurrir a Río de Janeiro a una conferencia colombo-peruana. El territorio en conflicto queda controlado por una guarnición colombiana, y la paz es supervisada por una comisión internacional, hasta cuando en 1943 se firma el PROTOCOLO DE RÍO DE JANEIRO en el cual Perú reconoce la soberanía colombiana sobre los territorios, a tenor de lo acordado en el Tratado Lozano-Salomón de 1922.

Olaya Herrera es sucedido por ALFONSO LÓPEZ PUMAREJO, para el período 1934-1938. Especializado en finanzas en institutos de Estados Unidos e Inglaterra, López Pumarejo brilla como parlamentario y estadista. Es elegido sin opositor. Dado que el conservatismo se ha ido retirando del acuerdo de concentración nacional desde los tiempos Olaya Herrera, López no obtiene su colaboración y ofrece un gobierno plenamente sobre el ideario liberal. En materia de obras públicas la más destacada es la construcción de la Ciudad Universitaria. Pero a más de la reforma tributaria -1935- que establece los impuestos de patrimonio y exceso de utilidades, descuella como promotor de la reforma constitucional.

REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 36

La reforma de 1936 es la concreción del nuevo pensamiento liberal socializante que ha sido incorporado a su estructura ideológica por el partido como fruto de las experiencias en los tres decenios del siglo. El socialismo europeo, unido al socialismo norteamericano que ya empieza a manifestarse, buscan que los intereses sociales no constituyan solo postulados políticos sino que tengan garantías para su ejercicio eficaz. Hay un aparente eclipse de las tendencias individualistas del liberalismo en uso, en favor de la comunidad y de los derechos colectivos. Forzosamente, para que este objetivo se logre, deben controlarse y limitarse las apetencias y derechos individuales, y darle prioridad a los intereses generales sobre los particulares. De ahí el intervencionismo de Estado, que insurge como una estrategia vital de gran sentido popular, aceptada también como lo es por los empresarios progresistas.

En este contexto son dignas de relieve disposiciones como las siguientes:

--- La autoridad es un instrumento para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares, y este concepto se presenta como la justificación ético-jurídica de las autoridades de la República.

--- La propiedad es una función social que implica obligaciones.
--- Se crea el concepto de utilidad pública como fundamento de la expropiación de bienes privados.

--- Es obligación del Estado dar la protección adecuada a los trabajadores. Con este nuevo criterio entra en crisis la presunta igualdad de los ciudadanos ante la ley, y se reconoce la desigualdad existente entre patronos y trabajadores: Se asigna al Estado la obligación de proteger a la parte más débil en el proceso económico, lo que revertirá en las posteriores leyes y controles en favor de la clase trabajadora. El trabajo es una obligación social, y gozará de la especial protección del Estado. Y comoquiera que a veces sólo se conquistan y preservan los derechos con la presión de los hechos, se consagra y se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos.

--- El Estado debe intervenir tanto en el control de la producción de bienes y servicios como en la distribución y el consumo de ellos, buscando logros en el bienestar de la comunidad.

--- Libertad de enseñanza: Al consagrarla se empieza a romper el régimen de privilegios en favor de los establecimientos católicos confesionales, y se crean incentivos para nuevas aperturas académicas y profesionales, todo bajo la suprema inspección del gobierno. Otro tanto se buscará al consagrar la libertad de conciencia y las garantías a la expresión del pensamiento en todas sus formas, lo que colocó en un plano de igualdad todas las religiones. También afectó la reforma el estado de la Iglesia Católica y sus preeminencias y privilegios, pues derogó el reconocimiento de la católica como religión de la Nación.

--- La asistencia pública deja su ropaje de caridad cristiana y asume el rango de obligación del Estado.

--- Se consagra el sufragio universal, sin restricciones, para la elección de Presidente de la República y miembros de las corporaciones políticas.

--- Consecuencia de la reforma constitucional, de su intervencionismo y del nuevo concepto de la propiedad y del interés social, fué la LEY 200 de 1936, que introdujo profundos cambios en el uso económico de la tierra.

PRESIDENCIA DE EDUARDO SANTOS 1938-1942

La elección no tiene contendores, y EDUARDO SANTOS, experimentado en la diplomacia y el parlamento, hace gobierno con un cuerpo de ministros homogéneo de su partido. El conservatismo continúa renuente a colaborar con los gobiernos liberales. SANTOS creó el Instituto de Fomento Municipal y el de Crédito Territorial para favorecer los sectores obreros y campesinos. Bajo su gobierno entró a la legislación la remuneración del descanso dominical obligatorio. Con el Instituto de Fomento Industrial pretendió, asimismo, ampliar la base de industrias básicas, como la siderurgia, las de conservas, de abonos, de insecticidas y la transformación de algunas materias primas necesarias en el proceso económico. Al iniciarse la Segunda Guerra Mundial, el gobierno de Santos orientó su política internacional definiéndose como neutral, pero no indiferente. Tras el ataque japonés a la base estadounidense de Pearl Harbour, por instrucciones de su gobierno -también considerado por Santos como la estrella polar de que hablara Suárez- rompió relaciones con los Estados del Eje. Fué muy criticado por su obsesión en el uso de facultades extraordinarias, que dieron origen a disposiciones de vigencia precaria pues eran rápidamente declaradas inexequibles.

Para sucederlo hubo dos candidatos liberales, CARLOS ARANGO VÉLEZ y ALFONSO LÓPEZ PUMAREJO, y se llevó el triunfo este último.


LECTURA COMPLEMENTARIA:

LOS CONCORDATOS CON LA IGLESIA CATÓLICA

Las relaciones entre la Iglesia y el Estado pueden considerarse en Colombia a partir de tres circunstancias históricas: El Régimen de Patronato, el Concordato de 1887, y el Concordato de 1973.
El Patronato Regio era la forma en que tradicionalmente se entendían los Reyes de España y el Papado. Ha de recordarse que el Papa español Rodrigo Borja o Borgia (Alejandro VI) otorgó a Fernando e Isabel el título de “Reyes Católicos” y Paladines de la Cristiandad, tras la guerra contra los moros infieles. De allí surgieron privilegios recíprocos como la selección política de los obispos y jerarcas del clero por parte de los Reyes. La administración de las rentas eclesiásticas por las autoridades civiles, el sustento económico de las parroquias a cargo de las autoridades del reino, y la legislación protectiva en favor de los cabildos eclesiásticos y las órdenes de las autoridades religiosas. En los territorios sometidos a España fué la católica la única religión permitida y sus autoridades compartieron la preeminencia con las autoridades laicas.
Producida la Independencia en 1819, la República se arrogó el carácter de heredera de los privilegios que antes detentaban los Reyes y durante un largo período el Patronato fué la forma de entendimiento entre la Nueva Granada y la Gran Colombia, de un lado, y la Iglesia Católica del otro.

El Concordato de 1887 y el Convenio Adicional fueron negociados por el Cardenal Mariano Rampolla a nombre de León XIII , y Joaquín Fernando Vélez, Plenipotenciario de Colombia. Se disponía en tales acuerdos que la religión católica sería la de la nación, y los poderes públicos la protegerían considerándola como esencial elemento del orden social. La Iglesia Católica tendría personería jurídica y ejercería su propia jurisdicción sobre los colombianos. La educación y la instrucción pública se deberían conformar con la moral cristiana y con el dogma, y en vigilancia de ello el Arzobispo de Bogotá tendría la atribución de impartir o negar el visto bueno a los textos que se usaran en la enseñanza, en todos los niveles, inclusive el universitario, y en relación no solo con la Religión sino con todas las materias. El matrimonio ante la Iglesia produciría efectos civiles y el Estado no podría autorizar el divorcio. La Iglesia y las organizaciones o congregaciones religiosas católicas podrían, en las mismas condiciones que los particulares, adquirir y administrar bienes muebles e inmuebles. El fuero eclesiástico implicaba que se tendrían especiales consideraciones con los clérigos involucrados en delitos. Si eran obispos o jerarcas de alto rango, no podrían ser juzgados por el Estado. Si de menor nivel, el proceso sería reservado y sin jurados, y no serían encarcelados, sino internados en conventos o lugares administrados por la Iglesia. (Recuérdese como discutible peculiaridad, que los Obispos, al tomar posesión de su diócesis, juran fidelidad al Papa, que no solo es Jefe de la Iglesia, sino Jefe de un Estado extranjero. Además, tienen transitoriamente en sus visitas a Roma, la nacionalidad vaticana y las inmunidades propias de ella.) Para la designación de Obispos y Arzobispos, los candidatos serían previamente presentados al Presidente de la República y debían obtener su nota de agrado. Se acordó también que los cementerios -exceptuados los de Bogotá, Cartagena y Mompós- fueran administrados por la Iglesia, y que sus párrocos llevaran el Registro Civil de las personas habitantes del territorio.

En 1924, mediante la Ley Concha, se mitigó el rigor de las disposiciones vigentes, que obligaban a los colombianos a apostatar de su fe -con el consiguientes escándalo social- si querían contraer matrimonio civil. Y en 1942 se redactó un nuevo convenio o Concordato, que nunca se ratificó ni entró en vigencia: -Entre las razones de la reforma concordataria de 1942 está la desavenencia surgida entre Colombia y la Santa Sede por la reforma constitucional del 36, que "violando el concordato existente" instauró en el país la libertad de conciencia, la libertad de cultos, y la libertad de enseñanza. El Concordato de 1942 fue aprobado por la Ley 50 de 1942, pero recibió muchas críticas del Partido Conservador y de la jerarquía eclesiástica, por lo cual el gobierno liberal resolvió no ratificarlo.

EL CONCORDATO,.....VIGENTE?

El Concordato se ha caído. El Concordato está vigente. Cuánta dificultad para explicar que estas dos proposiciones, no importa que sean antagónicas, son ambas verdaderas. Son las consecuencias de la lógica jurídica, que a veces se muestra más jurídica que lógica. Dieciséis artículos del Concordato de 1973 han sido declarados inexequibles por inconstitucionalidad. Fueron demandados y estudiados por la Corte Constitucional, no como elementos de un tratado internacional que es internacional sino como artículos de una ley que lo aprueba, y al hacerlo lo incorpora al derecho nacional. Esos dieciséis artículos que estaban en la Ley 20 de 1974, aprobatoria del Concordato, han desaparecido del panorama legal y el fallo nos obliga a todos los colombianos, y por lo tanto ningún contrato, ningún fallo, ningún reglamento, en adelante puede tener por fundamento uno o unos de las artículos que la Corte Constitucional ha condenado por violatorios de la Constitución. Pero, del otro lado, la costumbre internacional derecho consuetudinario primero, y el derecho positivo escrito después, bajo la forma de la Convención de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados, han observado y dicho que los Tratados públicos no pueden modificarse ni desconocerse unilateralmente, ni alegarse para ello razones jurídicas de derecho nacional. Es decir, el Concordato está parcialmente anulado en derecho nacional, y totalmente vigente en Derecho internacional. Ni siquiera podríamos decir que es un hecho nuevo porque ya hay antecedentes en nuestro derecho. El canje de notas de 1952 por el que se regaló el territorio de Los Monjes a Venezuela, es materialmente un tratado internacional aunque no revista forma de tal. El que se demande y se declare nulo por violatorio de la Constitución, como ocurrió recientemente, no tiene relevancia jurídica internacional. Es una decisión imprudente e impolítica que el gobierno ha tenido que explicar y aclarar para no alterar las relaciones con Venezuela. Otro tanto ha ocurrido con el Tratado de Extradición con los Estados Unidos. La Ley 27 del 80 sale del panorama legal colombiano al ser declarada inconstitucional. Pero, por las razones atrás vistas, el Tratado de Extradición que ella aprobaba, en cuanto instrumento internacional, está vigente; y nuestra decisión de inconstitucionalidad no es oponible en el foro internacional.

A más de estas aparentes paradojas se da la necesidad de deshacer los equívocos un poco necios que los periodistas ineptos en estas áreas especializadas generan con sus chivas y gacetillas, con la motivación burda y populista del sensacionalismo. El Concordato no se ha firmado entre Colombia y el Vaticano, dos Estados, como ellos lo difunden, sino entre Colombia y la Santa Sede, nombre éste que es la designación de una persona jurídica de derecho internacional que es la Iglesia Católica.

Pero vale la pena hacer ciertas precisiones. La posición crítica ante la imprudente actuación de la Corte Constitucional no excluye la posición anticoncordataria. Son dos cosas claras, concretas, y distintas. El Concordato es un rezago feudal, como los pectorales y anillos episcopales, las venias y zalemas de los creyentes ante los ciudadanos obispos y el lujo eclesiástico, que es insolente ante las necesidades de los proletarios del Tercer Mundo. Para las enseñanzas cristianas, a veces en peligro por las apetencias "católicas", no hay desmedro en ceder sus privilegios y actuar en el mundo moderno como lo hacen todas las creencias organizadas en comunidades, asociaciones y sectas. La respetabilidad se gana y la Iglesia puede mostrar meritos en ello. Pero quienes consideramos anacrónico e inconveniente el régimen concordatario, no por ello nos eximimos de indicar que no era esta la forma correcta de acabar con el Concordato. Cada cosa en su lugar. Medios hay, como la denuncia, o el acuerdo, para hacerlo. Ideal el acuerdo. Inadecuada la denuncia. Y deseable un desmonte gradual como el que se ha venido haciendo en la sustitución de textos, sin acrimonia de ningún lado, hasta lograr la democratización del ámbito religioso, dando tiempo a que asciendan hasta Dios los recalcitrantes feligreses de una iglesia que quieren cesarista, temporal, omnipotente, autoritaria, intolerante, que sujete al Estado y acoyunde a los disidentes como en los tiempos de Constantino. Todavía hay católicos de estos, según se escucha a algunos episcopos y se lee en los editoriales de la prensa conservadora de todos los partidos.

El Concordato parcialmente vigente se firmó el 12 de julio de 1973, después de negociaciones muy reservadas porque, según lo dijo el Nuncio Palmas a un reportero, "sabiendo las dos partes muy bien cuál es el sentimiento de los católicos y de los ciudadanos colombianos, están seguros de interpretarlos con precisión en sus actuaciones". Algo similar ocurrió con el Tratado de Extradición con Estados Unidos. Los congresistas, interpretando el sentimiento de los colombianos, aprobaron clandestinamente en la alta noche, el tratado que los colombianos rechazaron masivamente cuando se enteraron de que no solo estaba ya aprobado sin publicidad y sin discusión, sino que se estaba aplicando... Fueron negociadores y redactores, por el gobierno de Colombia, los doctores Antonio Rocha y Aurelio Caicedo Ayerbe, y en nombre de la Iglesia, el Obispo José de Jesús Pimiento, quien fué pastor en la arquidiócesis de Manizales, y el padre Jorge Ardila, desde luego asesorados por otros, igualmente expertos en el tema. Después de las consultas del caso, sería firmado por Alfredo Vásquez Carrizosa, y Angelo Palmas, designados plenipotenciarios por Misael Pastrana Borrero, Presidente de Colombia, y Paulo VI, Papa, jefe de la Iglesia Católica.

Es claro que cuando se celebra este tratado internacional esta vigente la Constitución del 86, y no tiene sentido esperar que en 1974 se acomodara a la Constitución del 91. Cuando más, podríamos más bien decir, respecto de los antagonismos detectables, que la Constitución del 91 tomó decisiones contrarias a las previstas en el concordato; pero es un ex abrupto decir que el Concordato de 1973 es violatorio de la Constitución de 1991.

En el momento en que se redacta el Concordato la Constitución vigente dice que ha sido expedida "en el nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad". De ahí que el concordato continúe el grave maridaje de la Iglesia y el Estado, y dé campo abierto a todos los privilegios que hoy se le critican. Autonomía e independencia ante un Estado que inclusive le cede zonas de jurisdicción y soberanía. Respeto del Estado a las disposiciones de la Iglesia en materia de matrimonio, sin ninguna reciprocidad; pues la Iglesia conservó su actitud desafiante e irrespetuosa frente al Estado, desconociendo el carácter del matrimonio civil, con irritantes privilegios como el llamado "privilegio de la fe". Legislación canónica con plena vigencia contra el debido monopolio jurídico del Estado. Jurisdicción paralela de Iglesia y Estado dentro de un Estado supuestamente soberano. Politización de la provisión de vacantes episcopales e intervención del Presidente de la República en la misma.(Restos del Patronato aquel de la Bula secreta del Papa Rodrigo Borgia a Fernando e Isabel en 1493 reconociéndoles a sus paisanos la jurisdicción política, militar y económica sobre los infieles, a condición de que los bautizaran.) Desde luego, ser designado obispo con la venia del Presidente de la República, supone como respuesta afiliarse al partido de gobierno y comprometerse en su apoyo, por lo menos mientras dura. Bien puede un cambio de gobierno relevarlos de la lealtad. Dentro de la misma línea han de considerarse los previstos capellanes católicos de las fuerzas armadas, con rango y categoría de oficiales: el teniente capellán, el Coronel Vicario, Monseñor el Brigadier General Obispo ... todos ellos sujetos a la disciplina militar jerárquica y por lo mismo empleados y funcionarios del Estado. Cuadro que sería trágico de no ser grotesco. Y todo ello en franca contradicción con el artículo siguiente en el cual se considera que los clérigos y religiosos no desempeñarán cargos públicos incompatibles con su ministerio. Procesos penales contra obispos, ante tribunales extranjeros como son los dicasterios vaticanos. Contra los demás clerigos, en secreto y sin intervención de jurados. Los jueces y funcionarios del Estado, convertidos en ejecutores de las sentencias canónicas. Los clérigos no pueden desempeñarse como funcionarios públicos, pero lo son para efectos de sancionar a quienes los suplanten. Como se ve, un conjunto de situaciones incompatibles jurídica y moralmente con las enseñanzas del Concilio Vaticano II que buscó en su momento, antes de que regresara el conservatismo de las oligarquías eclesiásticas, salvar la moral cristiana "madre y maestra de los pueblos" de los rigores formalistas del catolicismo político. No sobre repetir el iluminado pensar de Bolívar en el mensaje de Lima al Congreso Constituyente de Bolivia: "En una Constitución política no debe prescribirse una profesión religiosa; porque, según las mejores doctrinas sobre las leyes fundamentales, estas son las garantías de los derechos políticos y civiles; y como la Religión no toca a ninguno de estos derechos, ella es de naturaleza indefinible en el orden social, y pertenece a la moral intelectual. La religión gobierna al hombre en la casa, en el gabinete, dentro de sí mismo: sólo ella tiene derecho a examinar su conciencia íntima. Las leyes, por el contrario, miran la superficie de las cosas: no gobiernan sino fuera de la casa del ciudadano... La religión es la ley de la conciencia. Toda ley sobre ella la anula, porque imponiendo la necesidad al deber, quita el mérito a la fe, que es la base de la religión. Los preceptos y dogmas sagrados son útiles, luminosos, y de evidencias metafísicas; todos debemos profesarlos, mas este deber es MORAL, NO POLÍTICO..."

1 comentario:

mechy dijo...
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